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Fallos: 341:582 de la CSJN Argentina - Año: 2018

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ello no implicaba convalidar las operaciones contables ni el contenido de las DDJJ presentadas o a presentar.

Para así decidir, la mayoría compuesta por los jueces Parra y Cortés, entendió, que la vía de la acción declarativa resultaba procedente pues existía un estado de incertidumbre en cuanto a la aplicación del mecanismo de ajuste por inflación en el impuesto a las ganancias; y en cuanto a la cuestión de fondo debatida, sostuvo que la prueba pericial contable obrante a fs. 251/293 vta. permitía tener por acreditado un supuesto de confiscatoriedad en los términos de los precedentes "Candy" (Fallos: 332:1571 ) y "Santiago Dugan Trocello" Fallos: 328:2567 ).

29) Que contra lo así decidido, la AFIP interpuso el recurso extraordinario obrante a fs. 362/371 vta., cuyo traslado fue contestado por la actora a fs. 374/385, fue concedido en los términos del auto de fs.

387/388 vta., y resulta formalmente admisible, toda vez que se ha puesto en tela de juicio la validez e inteligencia de normas federales (título VI de la ley 20.628; y arts. 39 de la ley 24.073, 49 de la ley 25.561 y 5" del decreto 214/02).

39) Que, corresponde recordar que esta Corte ha sostenido que la aplicación del mecanismo de ajuste por inflación en los términos del precedente "Candy S.A." lo es al solo efecto de evitar la confiscatoriedad que se produciría al absorber el Estado una porción sustancial de la renta o el capital, lo que impide utilizar tal método correctivo para el reconocimiento de un mayor quebranto que pueda ser utilizado por el contribuyente en períodos posteriores, ello por la sencilla razón de que, en tal supuesto "no hay tributo a pagar que pueda ser cotejado con el capital o la renta gravados" (confr.

en tal sentido la doctrina que surge del mencionado fallo "Candy S.A", y de las causas "Estancias Argentinas El Hornero S.A." (Fallos: 335:1923 ); "M. Royo SACIIF y F" (Fallos: 339:897 ); CSJ 612/2013 49-A)/CS1 "Alubia S.A. c/ AFIP — Dirección General Impositiva s/ repetición", fallada el 4 de noviembre de 2014; CSJ 885/2014 (50-C)/ CS1 "Consolidar Administradora de Riesgo de Trabajo ART S.A.

c/ EN — AFIP - DGI - resol. LGCN 140/08 s/ dirección general impositiva", fallada el 11 de agosto de 2015; FMP 21057815/ 2003/CS1 "Fava Hnos. S.A. c/ AFIP-DGI s/ inconstitucionalidad", fallada el 4 de agosto de 2016; FMP 21057780/2003/CS1 "Favacard S.A. c/ AFIP — DGI s/ inconstitucionalidad", fallada el 15 de noviembre de 2016, y

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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:582 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-582

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