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Fallos: 341:247 de la CSJN Argentina - Año: 2018

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Traslado contestado por el Dr: Germán Diego Mozzi en su carácter de letrado y apoderado de la empresa actora, y por los letrados patrocinantes del Síndico designado en la causa, Dres. Mario H. Boruchowicz y Eliana Boruchowiez.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala B.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial n° 4.


ESPERANZA DeL MAR S.A. s/ QUIEBRA

SENTENCIA EQUIPARABLE A DEFINITIVA
Si bien las resoluciones que se refieren a medidas cautelares, ya sea que las ordenen, modifiquen o extingan, no autorizan el otorgamiento del recurso extraordinario ya que no revisten -como regla- el carácter de sentencias definitivas, este principio admite excepción cuando las resoluciones son equiparables a un pronunciamiento definitivo, pues enervan las consecuencias de las disposiciones legales dictadas en el ejercicio del poder de policía.

PESCA
Corresponde dejar sin efecto la resolución que hizo saber que sobre un permiso de pesca pesaba una medida de no innovar y que correspondía abstenerse de adoptar o implementar la decisión tomada por el Consejo Federal Pesquero si los permisos de pesca solo pudieron entrar y permanecer en el activo de la quiebra en la medida en que se observaran las disposiciones legales y reglamentarias cuya aplicación competía a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la circunstancia de que el Consejo no haya ejercido concretamente sus atribuciones antes de que el juez de la quiebra dictara la medida de no innovar, no constituye razón para prohibir que las ejerza en lo sucesivo, sin perjuicio de que los interesados lo demandasen ante el juez competente en caso de que los negara o limitara ilegítima o irrazonablemente.

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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:247 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-247

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