incapacidad general de culpabilidad -una generalización, dicho sea de paso, que el propio texto del manual DSM-IV rechaza; cf. DSM-IV Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales, edición española dirigida por Juan J. López-Ibor Aliño, Barcelona: Masson, 1995, págs. XXIL-XXIID)-.
Ese desapego respecto de las particularidades del caso concreto sobre la base de las cuales el tribunal de mérito había fundado su decisión vicia, en mi entender, la absolución dictada. Ella no constituye, en fin, una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias comprobadas de la causa.
III-
Por lo expuesto, opino que corresponde hacer lugar a la queja, declarar admisible el recurso extraordinario interpuesto y revocar la sentencia impugnada a fin de que se dicte una nueva conforme a derecho. Buenos Aires, 23 de diciembre de 2015. Eduardo Ezequiel Casal.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de febrero de 2018.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Procurador General de la Provincia del Chubut enla causa Catalán, José Genaro s/ abuso sexual (art. 119 1° párrafo)", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
1 Que los antecedentes del caso y las decisiones adoptadas en cada una de las instancias de la jurisdicción provincial han sido correctamente reseñados en el apartado I del dictamen del señor Procurador Fiscal y a su lectura corresponde remitir por razones de brevedad.
27) Que el recurso extraordinario federal impetrado por el Procurador General de la Provincia del Chubut contra la decisión del Superior Tribunal de Justicia ha sido integramente encauzado a través de la doctrina de la arbitrariedad de sentencias. Por esa vía, el apelante señaló inicialmente que dicho tribunal interpretó erróneamente los términos de la impugnación contra la sentencia absolutoria, en tanto
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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:165
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