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Fallos: 341:1610 de la CSJN Argentina - Año: 2018

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 13 de noviembre de 2018.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal en la causa Cooperativa Eléctrica de Consumo y Vivienda Limitada, Trelew s/ infracción art. 303 y art. 304 CP", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos, en lo pertinente, los fundamentos y conclusiones expresados por el señor Procurador Fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en oportunidad de mantener el recurso del Fiscal General en esta instancia, a cuyos términos se remite en razón de brevedad.

Por ello, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia apelada y se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones la justicia federal.

Remítase para su agregación al principal. Notifíquese y cámplase.

CaRrLos FERNANDO ROSENKRANTZ — ELENA I. HIGHTON DE NoLASCO — Juan CARLOS MAQUEDA — RICARDO LUIS LORENZETTI — HORACIO ROSATTI.

Recurso de queja interpuesto por el Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal, Dr. Ricardo Gustavo Wechsler.

Tribunal de origen: Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia y Juzgado Federal de Rawson.

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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:1610 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-1610

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