reconocimiento de estos derechos (Arancibia Clavel", Fallos: 328:341 ; "Simón", Fallos: 328:2056 ; "Mazzeo", Fallos: 330:3248 ; "Sánchez, Elvira", Fallos: 330:2304 ) como también a asegurar el cumplimiento de las decisiones adoptadas respecto de nuestro país por los órganos internacionales ("Cantos", Fallos: 326:2968 , disidencia del juez Maqueda; "Espósito", Fallos: 327:5668 ; "Derecho", Fallos: 334:1504 ; "Carranza Latrube- sse", Fallos: 336:1024 y CSJ 368/1998 (34-M)/CS1 "Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto s/ informe sentencia dictada en el caso Fontevecchia y D" Amico vs. Argentina por la Corte Interamericana de Derechos Humanos", disidencia del Juez Maqueda, sentencia del 14 de febrero de 2017).
También la Corte ha debido responder a los reclamos de los justiciables —basados en la jerarquía constitucional de los derechos humanos (artículo 75, inciso 22) en orden a la satisfacción de necesidades sociales básicas insatisfechas. Así ha dictado pronunciamientos dirigidos a establecer mecanismos para que los ciudadanos puedan colectivamente exigir el derecho al agua potable (""Kersich", Fallos: 337:1361 ); a que se mejoren las condiciones carcelarias de los detenidos en establecimientos policiales y penitenciarios superpoblados "Verbitsky", Fallos: 328:1146 ; "Lavado", Fallos: 330:1135 ), a que se asegure el derecho a una vivienda digna ("Q. C., S. Y", Fallos: 335:452 ); a que se satisfagan las necesidades básicas -agua potable y alimentos— de ciertas comunidades indígenas ("Defensor del Pueblo de la Nación", Fallos:
330:4134 ), a que se reconozca el mandato constitucional de movilidad jubilatoria (°Badaro", Fallos: 330:4866 ), también ha efectuado una lectura de los derechos sociales, del trabajador y sindicales a la luz de los tratados de derechos humanos incorporados por la reforma constitucional ("Castillo", Fallos: 327:3610 ; "Aquino", Fallos: 327:3753 ; "Milone", Fallos: 327:4607 ; "Vizzoti", Fallos: 327:3677 ; "ATE", Fallos: 331:2499 ), así como respecto del reconocimiento de un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano ("Mendoza", Fallos: 331:1622 ; "Salas", Fallos: 332:663 ). Finalmente, adquieren especial relevancia las causas que, en base al nuevo esquema federal argentino emergente de la reforma de 1994, permitieron redefinir la relación entre el Estado Nacional, las provincias ("Santa Fe", Fallos: 338:1356 y 338:1389 ; CSJ 1039/2008 (44-S)/CS1 "San Luis, Provincia de c/ Estado Nacional y otro s/ cobro de pesos" y CSJ 191/2009 (45-S)/CS1 "San Luis, Provincia de c/ Estado Nacional s/ acción declarativa de inconstitucionalidad y cobro de pesos"; CSJ 786/2013 (49-C)/CS1) "Córdoba, Provincia de c/ Estado Nacional y otro s/ medida cautelar", sentencia del 24 de noviembre del
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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:309
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