Chubut. Con Costas. Agréguese la queja al principal. Notifíquese y, oportunamente, devuélvase.
RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA I. HIGHTON DE NoLasco — JUAN
CARLOs MAQUEDA — Horacio ROSATTI — CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ.
Recurso de queja interpuesto por el Fisco Nacional -AFIP/DGL-, representado por el Dr. Gustavo Adolfo Montilla, con el patrocinio letrado de los Dres. Marina C. Lamagrande y Miguel Alberto Moreno.
Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala D.
Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial n° 4.
EDESAL S.A. c/ ESTADO NACIONAL (MmistERIO DE ECONOMIA)
Y OTRO s/ IMPUGNACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
PRESCRIPCION
La finalidad del instituto de la prescripción reside en la conveniencia general de concluir situaciones inestables y de dar seguridad y firmeza a los derechos, aclarando la situación de los patrimonios ante el abandono que la inacción del titular hace presumir.
PRESCRIPCION
En materia de prescripción de honorarios debe distinguirse entre el derecho a cobrarlos, cuando ya han sido regulados, y el derecho a que se regulen, dado que mientras en el primer supuesto se aplica la prescripción decenal, en el segundo rige la bienal (arts. 4023 y 4032, inc. 1", respectivamente del Código Civil).
INTERESES
Para detener el curso de los intereses no basta con el solo depósito judicial del monto adeudado ya que ese depósito no extingue la obligación
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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:1671
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