250 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Nacional de jurisdiccion y competencia de los Tribunales Federales solo comprende á los Cónsules y vice-Cónsules, y que siendo esta ley de interpretacion restrictiva, no puede considerurso comprendidos en ella para los efectos del fuero federal ú los Agentes Consulares ; y Considerando: que las funciones públicas del Agente Consular son las mismas que las del vice-Cónsul segun la opinion de los principales tratadistas de derecho Internacional ; que fundada en e ta consideracion, la Suprema Corte en su fallo de 14 de Setiembre de mil ochocientos setenta y ocho, confirmando el de veinte y uno de Noviembre de mil ochocientos setenta y siete del Juez de esta Seccion tomo 11, sério 2, pág. 360), ha declarado que los Juecrs Federales son competentes para conocer de los pleitos en que sea parte un agente consular, siendo por lo tanto, tna jurisprudencia establecida, Por estas consideraciones, y estando probado por la patente de foja... que el demancante Don Domingo Garbino es Agente Consular de Su Mugestad el ley de Italia, no se hare lugar á la escepcion deducida con costas, F. Pnto, Fallo de lu Suprema Corte Buenos Ares. Setiembre 6 de Lsoos Vistos: por sus fundamentos se confirma, con costas, el auto apelado de foja treinta y cinco. Respue-tos los sellos, devuelvanse.
LLADISLAO — FRIAS. — FEDERICO
IBARGÚREN.—C.5. DE LA TONE, — SALESTIANO J. ZAVALLA.
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Año: 1888, CSJN Fallos: 34:250
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