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Fallos: 34:149 de la CSJN Argentina - Año: 1888

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DE JUSTICIA NACIONAL 149

CAUSA CIYV (')
Don Jorge Nutall emtra la Provincia de Entre Míos, sobre pago de fondos públicos.

Sumario. — 1" La adquisicion de fondos públicos, crea una obligacion entre el Gobierno que los emite y su tenedor, y somete á aquel á la jurisdiccion de la Corte Suprema en los casos del artículo 1" inciso 4 de la ley sobre competencia de los tribunales nacionales, 2 Los cupones de fondos públicos creados á pesos fuertes por ley de 1872, deben ser pagados en metálico ó su equivalente en moneda de curso legal, con arreglo al artículo 4", base 8" de Ta ley de 25 de Setiembre de 1876, Caso.—Don Jorge Nutall se presentó ante la Suprema Corte esponiendo: que por la ley de la provincia de Entre lios, de 16 de Mayo de 1872, se mandó reconocer É inscribir en fondos públicos la suma de 800.000 pesos fuertes con U por ciento de interés anual y una amortizacion determinada, pudiendo hacerse el servicio de esa deuda en la ciudad de Buenos Aires, Que durante algun tiempo el Gobierno de Entre Rios había ; No habiendo podido resolverse esta causa por haber cambiado el personal de la Suprema Corte, fué vista nuevamente el 17 de Julio de 1888.

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Año: 1888, CSJN Fallos: 34:149 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-34/pagina-149

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