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Fallos: 339:53 de la CSJN Argentina - Año: 2016

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RESOLUCIÓN DE LA CORTE SUPREMA

TOMOS DE LA COLECCIÓN DE "FALLOS DE LA CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION" N° 338/2016Buenos Aires, 7 de marzo de 2016.

Visto el expediente caratulado "Impresión de Tomos de la Colección de Fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación — años 2013/2014", y Considerando:

D Que dentro del proceso de cambio y modernización en la prestación del servicio de justicia que en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional del Poder Judicial de la Nación se viene desarrollando, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en uso de las facultades que le otorga la Constitución Nacional y la Ley n" 26.685, ha dictado diferentes acordadas que reglamentan el uso de herramientas informáticas con la misma eficacia legal que su equivalente convencional.

ID Que, asimismo, en distintas oportunidades esta Corte ha tenido oportunidad de subrayar el lugar eminente que corresponde en una sociedad democrática al derecho de acceso a la información pública con indudable beneficio para la transparencia y publicidad de la gestión de gobierno (acordada 15/2013); remarcando que el fundamento central del acceso a la información en poder del Estado consiste en el derecho que tiene toda persona a conocer la manera en que sus gobernantes y funcionarios públicos se desempeñan ("Asociación Derechos Civiles" Fallos: 335:2393 ).

III) Que, dentro de dicho marco, y con particular referencia a la publicidad de las sentencias, esta Corte ha reconocido que el derecho a la difusión constituye, además de una notoria utilidad para los ope

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Año: 2016, CSJN Fallos: 339:53 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-339/pagina-53

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