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Fallos: 339:52 de la CSJN Argentina - Año: 2016

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2-En los fueros que correspondiere, hoja de ruta "parte actora" y luego, tantas hojas de ruta "parte demandada" como personas sean mencionadas como demandadas. Tales hojas se encuentran disponibles en la página web del CIJ, de la CSJN y del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

3-Constancia de pago de tasa de justicia, si correspondiere.

4-Constancia de haber cumplimentado trámites previos, a saber:

acta poder, mediación, etc., si correspondiere.

5-Documentación.

6-Escrito de demanda.

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Año: 2016, CSJN Fallos: 339:52 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-339/pagina-52

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