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Fallos: 339:16 de la CSJN Argentina - Año: 2016

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Ustedes ven que el Papa no se ocupa solo del dogma religioso. No se dirige solo a la cristiandad, se dirige a la humanidad, porque es un pensador de los que se necesita hoy. Los poderes judiciales están haciendo eso también. No se dedican solo a hablar de los expedientes.

Y esto no está mal. Es preocuparse por el futuro del país, del planeta donde nosotros estamos. Esto es algo que está ocurriendo y es una función nueva que debemos animarnos a desempeñar. Es una función nueva para muchos que se olvidan de la historia, porque ya si nosotros leemos lo que ocurría en Grecia en esa historia de Tucídides, Pericles decía ya para los atenientes, aquellas personas que son indiferentes a la cosa pública, son inútiles, no sirven, porque el ciudadano y todos aquellos que tienen funciones deben ocuparse de la cosa pública. No está mal. Y por eso tenemos necesidad de que existan organizaciones internas del Poder Judicial que se ocupen de su estabilidad, de los jueces, que se ocupen de que los juezas y juezas puedan cumplir sus funciones. Por eso necesitamos ocuparnos de cosas públicas que van más allá del propio Pode Judicial, como es el diálogo interpoderes, y por eso también necesitamos decirle a la población, y es nuestro deber, qué pensamos.

Y en este punto, sobre qué pensamos, nos lleva a unas últimas cuestiones que son dos: si nosotros hemos hecho un recorrido por la jurisprudencia del Poder Judicial, que es bastante consistente en el campo de los derechos humanos, de corrupción, en materia familiar, en la protección de los vulnerables. Este recorrido que hemos hecho es un recorrido por la interpretación que ha hecho el Poder Judicial de los principios constitucionales. Y esto tiene que ir más allá de los cambios circunstanciales.

A nosotros no nos interesa mucho, o no nos debiera interesar mucho, las discusiones sobre personas, o las discusiones sobre poder, sino las discusiones sobre principios, sobre valores. Y si estos valores y principios constitucionales los vamos a seguir defendiendo o no.

Ese es nuestro debate, y esa es nuestra obligación. Por eso hoy hemos planteado lo que se ha hecho hasta ahora y lo que tenemos que seguir haciendo, porque los poderes judiciales son como dice Naciones Unidas jugadores no ortodoxos en términos de poder constitucional. Es decir, no están atados a los cambios que tienen los otros poderes del Estado. Por eso es necesario que demos previsibilidad. Previsibilidad significa que lo que se ha hecho se seguirá haciendo, en términos de interpretación constitucional, es decir, en términos de valores, en términos de políticas de Estado. Obviamente que puede haber cambios

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Año: 2016, CSJN Fallos: 339:16 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-339/pagina-16

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