VILLARREAL, MARIO JESUS c/ PEN-PLN y MAXIMA AFJP
S/ AMPARO
APORTES PREVISIONALES
Cabe declarar la inconstitucionalidad del art. 6? de la ley 26.425 -transferencia al ANSES de los importes ingresados al régimen de capitalización bajo la figura de "imposiciones voluntarias" y/o "depósitos convenidos"- y dejar sin efecto al sentencia que había rechazado la acción de amparo interpuesta por el actor con el objeto de que no se disponga de sus aportes voluntarios, pues aquél ha sido privado de los mismos sin que exista ningún tipo de justificación estatal para hacerlo, afectándose el carácter integral e irrenunciable de la jubilación reconocido en el art.
14 bis de la Constitución Nacional, enriqueciéndose el Estado Nacional con tales fondos a costa del accionante sin causa legal, violando por esa vía el mandato constitucional del artículo 19 según el cual ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley.
REGIMEN DE CAPITALIZACION INDIVIDUAL
Al sancionar la ley 26.425 -destino de los fondos ingresados al régimen de capitalización- el legislador no previó que los aportes efectuados en forma voluntaria por el afiliado pasarían a integrar los fondos que administra la ANSes sin surtir ningún efecto respecto del beneficio que debía percibir el aportante al jubilarse, sino que, por el contrario, asignó al Poder Ejecutivo la tarea específica de reglamentar la forma en que los fondos voluntarios iban a mejorar el haber previsional de los aportantes o, alternativamente, ser transferidos a una AFJP reconvertida, por lo que en el marco de tal mandato era razonablemente imposible concluir que las sumas aportadas quedarían en forma definitiva en poder del Estado.
APORTES PREVISIONALES
La procedencia de la acción de amparo -por omisión de autoridad pública -interpuesta por el actor con el objeto de que no se disponga de sus aportes voluntarios ingresados al régimen de capitalización individual, resulta de la falta de implementación ante la existencia de un mandato legislativo expreso, que constituye una ilegalidad manifiesta que lesiona en forma actual -y por los últimos seis años, desde que la ley 26.425 fue promulgada- los derechos constitucionales del actor,
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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:1564
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