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Fallos: 337:1540 de la CSJN Argentina - Año: 2014

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DISIDENCIA DE LA SEÑORA VICEPRESIDENTA DOCTORA DOÑA ELENA I.
HIGHTON DE NoLAsCO Considerando:

Que la queja por denegación del recurso extraordinario no ha cumplido con los requisitos exigidos en el art. 4° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se la desestima. Declárase perdido el depósito de fs. 34.

Notifíquese y, oportunamente, archívese.

ELENA I. HIGHTON DE NoLAsco.

Recurso de hecho interpuesto por Alfredo Eric Calcagno, patrocinado por el Dr. Horacio Desimone.

Tribunal de origen: Cámara Federal de Casación Penal, Sala III.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, Sala II y Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional n° 2, Secretaría n° 4.

CÁMARA MINERA pr JUJUY y Orra (PROVINCIA pe
JUJUY) c/ ESTADO NACIONAL s/ ACCIÓN DECLARATIVA DE
INCONSTITUCIONALIDAD


MEDIO AMBIENTE
Cabe rechazar in limine la acción declarativa deducida contra el Estado Nacional a fin de obtener la inconstitucionalidad de los artículos 2, 3 , 5, 6, 7 y 15 de la ley nacional 26.639 que estableció el Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial, pues sin perjuicio de notar la omisión del Poder Ejecutivo Nacional en realizar el inventario y así precisar el contenido de una ley que el Congreso le ordenó reglamentar hace 4 años en un plazo de 180 días a partir de su publicación, la acción planteada no resulta un medio apto para satisfacer el interés especulativo de la actora, y su pretensión tendiente a obtener la declaración general y directa de inconstitucionalidad de la norma sancionada -y la medida cautelar dictada en conse

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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:1540 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-337/pagina-1540

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