Traslados contestados por Google Inc., representado por el Dr: Arnaldo Cisilino; por Yahoo de Argentina SRL, representada por el Dr. Rodrigo Cruces; y por María Belén Rodríguez, patrocinada por los Dres. Adolfo Martín Leguizamón Peña y Alejandro Arauz Castex.
Tribunal de origen: Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.
Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 95.
VILLAVICENCIO, CESAR O. s/ EXTRADICIÓN
PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD
Corresponde rechazar el agravio referido a la violación al principio de "juez imparcial" basado en que el juez habría prejuzgado sobre la procedencia de la extradición al pronunciarse sobre el pedido de excarcelación realizado por la defensa silos párrafos objetados como indebidos adelantos de opinión pueden leerse, en cambio, como la emisión de un juicio oportuno acerca de la verosimilitud del derecho en que se funda el encierro cautelar.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.
EXTRADICION
Si el marco convencional aplicable (ley 25.126) solo exige la "solicitud de extradición" (art. 8) mas no, como pretende la recurrente, con apoyo en la ley de Cooperación Internacional en Materia Penal (24.767), que la misma sea, además, acompañada por la "resolución judicial...que ordenó el libramiento de la solicitud de extradición " (art. 13.0), corresponde rechazar la defensa esgrimida sobre esa base al cuestionar la decisión que declaró procedente la extradición.
EXTRADICION
Siendo receptiva la Corte a la preocupación que transmite el defensor por el devenir del estado de salud de su pupilo, resulta aconsejable que, en el supuesto en que el Poder Ejecutivo adoptara la decisión final
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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:1217
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