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Fallos: 336:609 de la CSJN Argentina - Año: 2013

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336 609 Que los planteos relacionados con otros suplementos que integran la remuneración del personal de las fuerzas armadas y de seguridad, cuya naturaleza jurídica o existencia no ha sido objeto de cuestionamiento ante esta Corte o los tribunales que intervinieron previamente en la causa, exceden ampliamente el marco de la aclaratoria solicitada y su consideración en esta instancia procesal implicaría, por lo demás, una manifiesta alteración de la litis.

Que sin perjuicio de lo hasta aquí señalado, la preocupación manifestada de los recurrentes -que encontraría sustento en la conducta asumida por la demandada en oportunidad de hacer efectivos ciertos pronunciamientos que aplicaron la doctrina sentada en los fallos "Salas" y "Zanotti"— torna necesario que el Tribunal ponga de manifiesto una circunstancia que, pese a ser evidente, podría ser soslayada como consecuencia de la laberíntica y compleja estructura salarial de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. Esto es, que la demanda de los actores ha sido acogida y, por lo tanto, han resultado vencedores en el campo jurídico. En consecuencia, y por aplicación del más elemental sentido de justicia, las liquidaciones que se practiquen como consecuencia de los citados precedentes en ningún caso pueden arrojar como resultado sumas menores a las que los actores hubiesen debido percibir por estricta aplicación de los decretos cuestionados en autos, Por lo expresado, y por no corresponder mayores precisiones, se resuelve aclarar la sentencia en los términos expuestos

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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:609 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-336/pagina-609

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