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Fallos: 336:1137 de la CSJN Argentina - Año: 2013

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336 1137 fensa de la Nación, mediante la Comisión Especial de Tierras Fiscales, contestó dicha nota (expediente 7804/85 Cde. 59) y señaló que el trámite de la aceptación de la donación se estaba realizando (Prov. EMGE 128) y que dicha Comisión no lo había recibido aún para su intervención, por lo que si la Provincia estaba decidida a desistir de la donación efectuada por el decreto 1350/81 debía "indefectiblemente" dictar el acto administrativo que derogue el citado decreto, por cuanto hasta tanto no se haga efectivo el mismo, sería tenido por válido. Estos conceptos se reproducen luego en la disposición normativa que seguidamente se expondrá (£s. 40 del expediente administrativo n° 2408-9986/81, alcance 2).

El 3 de octubre del mismo año, la Dirección de Catastro provincial adjuntó copia de las matrículas 7280 y 7618 e informó que el inmueble seguía inscripto a nombre de la Provincia de Buenos Aires (fs. 45/49 del expediente administrativo n° 2408-9986/81, alcance 2).

8) Que con posterioridad, por el decreto 7519 del 21 de agosto de 1987, la Provincia de Buenos Aires dejó sin efecto el decreto 1350/81 (fs. 53/55 del expediente administrativo n° 2408-9986/81, alcance 2).

En los considerandos de ese texto normativo se señaló que en octubre de 1984, la Administración General de Obras Sanitarias de la Provincia inició las gestiones tendientes a recuperar el aforador.., trámite que contó con el aval del señor Ministro de Cbras y Servicios Públicos de la Provincia, quien a fin de que se proceda a gestionar el reingreso de los inmuebles que dan cuenta las matrículas 12/14 al dominio de la Provincia de Buenos Aires, dio intervención a la Contaduría General de la Provincia, a la Asesoría General de Gobierno y a la Fiscalía de Estado, organismos que coincidentemente dictaminaron que no existían inconvenientes para la tramitación del caso ante el Comardo V del Cuerpo del Ejército, tendientes a lograr el reintegro del predio en cuestión (v. fs. 23 y 27/29 del expediente ad

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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1137 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-336/pagina-1137

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