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Fallos: 336:1053 de la CSJN Argentina - Año: 2013

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336 1053 tivos (sobre los derechos protegidos), pues también alcanzan, con intensidad no menor, a los que establecen los regímenes de protección internacional. Así, después de citar el artículo 31.1 de la Convención de Viena, la Corte IDH expresó que la Convención Americana debe interpretarse de manera de darle su pleno sentido y permitir que "el régimen de protección de los derechos humanos a cargo de la Comisión y de la Corte, adquiera todo 'su efecto útil'" (Godínez Cruz.., excepciones preliminares, cit., párr. 33). La exégesis, en consecuencia, ha de ser hecha de forma tal que no conduzca " de manera alguna a debilitar el sistema de protección consagrado en la Convención' y siempre teniendo en cuenta que el objeto y fin de la misma 'son la protección de los derechos fundamentales de los seres humanos" (Corte IDH, Propuesta de Modificación a la Constitución Política de Costa Rica Relacionada con la Naturalización, Opinión Consultiva O0C-4/84 del 19-1-1984, Serie A N°% 4, párr. 24 y su cita), lo cual constituye, en síntesis, el "fin último del sistema" (ídem, Cayara vs. Perú, excepciones preliminares, sentencia del 3-2-1993, Serie C N°% 14, párr. 63). Huelga puntualizar que el significado sub examine ha de ser buscado como término incluido en un tratado internacional, i.e., con indiferencia del que pudiera tener en el derecho interno de los Estados Parte (vid. Corte IDH, La Expresión "Leyes" en el Artículo 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Opinión Consultiva OC-6/86 del 9-5-1986, Serie A N° 6, párrs. 19 y 32).

6) Que, de consiguiente, la inteligencia de los términos de un tratado habrá de atender al sentido corriente que haya de serles atribuido a aquellos. Sin embargo, por las mismas razones, tal cometido no puede realizarse en abstracto o con prescindencia del contexto en el que los términos están insertos. Así lo afirmó la Corte Permanente de Justicia Internacional en una de sus primeras opiniones consultivas, no sin alertar que, de seguirse un criterio opuesto, vale decir, de tomarse algunas frases separadas de su medio, los términos pueden ser entendidos de muchas maneras (Compétence de 1'/OIT pour la régle

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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1053 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-336/pagina-1053

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