AGUILERA, GRUESO EMILIO c/ ANSES y OTRO s/ REAJUSTES VARIOS
RECUSACION.
Corresponde confirmar la decisión que desestimó la recusación sin expresión de causa deducida por la Administración Nacional de la Seguridad Social contra un juez de la cámara ya que recusarlo en la totalidad de las causas sorteadas a la sala a la que pertenece, traería aparejado el vaciamiento de su jurisdicción, para cuyo ejercicio fue regularmente designado y que debe desempeñar en tanto dure su buena conducta (art. 110, Constitución Nacional), consecuencia que va mucho más allá de asegurar la imparcialidad de los jueces intervinientes, para transformarse en una suerte de sanción que carece de sustento fáctico y marco normativo.
RECUSACION.
La pretensión de la Administración Nacional de la Seguridad Social de efectuar un ejercicio masivo del instituto de la recusación sin expresión de causa desnaturaliza los propósitos y fines para los que fue concebido y ocasiona múltiples perjuicios a los justiciables, a la vez que crea un problema institucional que no cabe minimizar, pues el fuero se encuentra abrumado por la litigiosidad y el efecto nocivo derivado de estos planteos, por lo que se configura así un abuso del proceso que los jueces no deben tolerar, ya que el ordenamiento les impone el deber de dirigir el procedimiento señalando los actos que desvirtúen las reglas o generen situaciones irregulares o de marcada anormalidad (art. 34, inc. 5, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).
RECUSACION.
Corresponde revocar el pronunciamiento que desestimó la recusación sin expresión de causa deducida por la Administración Nacional de la Seguridad Social si resultan dogmáticas las razones esgrimidas por la juzgadora para negarle al organismo administrativo el ejercicio de potestades procesales como la intentada, alo que se adiciona que se evidencian conjeturales o hipotéticas sus afirmaciones a propósito de la existencia de una política deliberada y abusiva, en la medida en que el planteo está dirigido a separar a un solo magistrado de un universo de nueve jueces que componen la Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social y no se advierte que el apartamiento del juez recusado en las ciento sesenta y tres actuaciones se constituya en la causa del riesgo de un "colapso
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:2379
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