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Fallos: 335:2242 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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Tribunal que intervino con anterioridad: Juzrgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 10, B.S., J.G.c/ UNION CORDOBESA pr RUGBY y OTROS s/ ORDINARIO

ACCIDENTE DEPORTIVO.
Cabe dejar sin efecto por arbitraria la sentencia que declaró mal denegado el recurso local interpuesto por el actor —en el marco del reclamo de daños y perjuicios derivados de la lesión sufrida durante un partido de rugby- contra la decisión que dejó sin efecto la condena que el juez de 1" instancia había establecido respecto a las Uniones de rugby, pues el a quo olvidó evaluar la situación especial en la que se hallaba el accionante, ya que no se trata de un adulto que decide voluntariamente asumir el riesgo de jugar en una posición para la que no se encontraba debidamente entrenado a sabiendas de los riesgos que esto implicaba, sino de un menor de 17 años de edad, que como tal debe recibir la adecuada protección de los adultos encargados de su cuidado.

ACCIDENTE DEPORTIVO.
Cabe dejar sin efecto por arbitraria la sentencia que declaró mal denegado el recurso local interpuesto por el actor —en el marco del reclamo de daños y perjuicios derivados de la lesión sufrida durante un partido de rugby- contra la decisión que dejó sin efecto la condena que el juez de 1" instancia había establecido respecto a las Uniones de rugby, pues el hecho de tratarse de un partido disputado por menores de edad imponía tanto a los entrenadores como al árbitro la obligación de obrar con la debida diligencia para preservar la salud y la integridad física de aquéllos, máxime cuando se trata de un deporte de riesgo.


PROTECCION DE MENORES.
Los menores, además de la especial atención que merecen de quienes están directamente obligados a su cuidado, requieren también la de los jueces y de toda la sociedad, y la consideración primordial de su interés viene tanto a orientar como a condicionar la decisión de los magistrados llamados al juzgamiento de casos que los involucran, proporcionando un parámetro objetivo que permite resolver las cuestiones en las que están comprendidos los menores, debiendo atenderse primordialmente a aquella solución que les resulte de mayor beneficio.

ACCIDENTE DEPORTIVO.
Cabe dejar sin efecto por arbitraria la sentencia que declaró mal denegado el recurso local interpuesto por el actor —en el marco del reclamo de daños y perjuicios derivados de la lesión sufrida durante un partido de rugby- contra la decisión que

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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:2242 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-2242

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