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Fallos: 334:1534 de la CSJN Argentina - Año: 2011

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A) Respecto al señor Juan Francisco Bueno Alves 71. El 8 de abril de 1988 el señor Bueno Alves denunció en su primera declaración ante el juez que ordenó su detención, que e]! día 6 del actual [mes de abril] a la hora 1 aproximadamente, en el interior de su lugar de detención, en una oficina que decía "Anti-secuestro", del Departamento Central de Policía, en donde estaba alojado, el mismo Oficial de Policía que procedió a su detención] -del que ignora su nombre, apellido y jerarquía, pero que le dijo era abogado, y que vestía de civil, le aplicó golpes con la mano "ahuecada", en ambos oídos, sintiendo en este momento, a raíz de ello, una dificultad en el oído derecho, sintiendo como zumbidos, y por ello solicita examen médico. No sólo este oficial le aplicó estos golpes, sino que otra persona, también vestida de civil, se colocó detrás del dicente, por orden de ese Oficial, y también le aplicó golpes con sus manos "ahuecadas", sobre el oído derecho. Que al ser golpeado de esta manera, el dicente reaccionó diciendo mátenme", por lo que el Oficial hizo una seña al otro policía, y éste le apoyó un arma de fuego sobre la sien derecha. También fue insultado en relación a su nacionalidad (29).

72. El 4 de mayo de 1988 el señor Bueno Alves amplió su declaración inicial y reiteró que fue golpeado "en los oídos con la palma de la mano ahuecada produciéndole dolores, zumbidos que aún persisten", y agregó que "también fue golpeado en el estómago con golpes de puños, los cuales cesaron al manifestar [...] que tenía úlcera". Asimismo, señaló que fue privado de su medicación para la úlcera. El señor Bueno Alves refirió que "dichos golpes fueron para que conflesara] o declarara en contra del Dr. Pérez Galindo" (30), quien había sido su abogado hasta ese entonces.

73. El señor Bueno Alves posteriormente identificó a René Jesús Derecho (31) como el policía que lo detuvo y maltrató, y al policía Horacio Soto como quien "habría presenciado la agresión padecida por él, y] se r[eía] mientras lo agredían, pero no intervi[no] activamente"(32).

29) Cfr. declaración indagatoria del señor Juan Francisco Bueno Alves de 8 de abril de 1988 (expediente de anexos a la demanda, Tomo I, Anexo 7, folio 223).

30) Cfr. ampliación de la declaración del señor Juan Francisco Bueno Alves de 4 de mayo de 1988 ante el Juzgado de Instrucción 13 (expediente de anexos a la demanda, Tomo 1, Anexo 8, folios 364 y 365).

31) Cfr. acta de ratificación de declaración con fila de personas de 14 de marzo de 1989 ante el Juzgado de Instrucción 13 (expediente de anexos a la demanda, Tomo 1, Anexo 8, folios 509).

32) Cfr. acta de ratificación de declaración con fila de personas de 14 de marzo de 1989 ante el Juzgado de Instrucción 13 (expediente de anexos a la demanda, Tomo 1, Anexo 8, folios 508).

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Año: 2011, CSJN Fallos: 334:1534 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-334/pagina-1534

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