Por ello, habiendo dictaminado la Señora Procuradora Fiscal, se desestima la queja. Notifíquese y, previa devolución de los autos principales, archívese.
CARMEN M. ARGIBAY.
Recurso de hecho interpuesto por Trejo, Jorge Elías, representado por la Dra. Laura V. Volpini, con el patrocinio letrado del Dr. Roberto M. Volpini.
Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala IX.
Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 35.
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Año: 2009, CSJN Fallos: 332:2655
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