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Fallos: 332:2578 de la CSJN Argentina - Año: 2009

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hijas con dinero que heredaron al fallecer su madre. Dijo también que su ex esposa (de quien el juez se había divorciado hacía largo tiempo) provenía de una familia de fortuna. ¿Cuál es su patrimonio? Tengo un auto marca Rover y la mitad de un departamento en Arenales al 2000 que heredé de mi padre. El diálogo con el juez Brugo ocurrió el miércoles 21 a las tres de la tarde".

Asimismo, bajo el subtítulo "TIEMPO" se dijo: "Si a las tres de la tarde un juez está en su domicilio, es lógico que un importante número de causas prescriban por el paso del tiempo". Dicha nota fue ilustrada con una fotografía del demandante tomada en su despacho.

8) Que dicho artículo periodístico tuvo por finalidad expresarse acerca de un tema de interés público —el funcionamiento de los juzgados nacionales en lo Penal Económico—, en cuyo contexto se hizo referencia a diversas circunstancias relativas al actor, mencionadas asertivamente, en su condición de juez titular de uno de aquellos juzgados, tanto en lo referente a su desempeño como tal, cuanto a su situación personal patrimonial.

9") Que, como bien lo señala el señor Procurador General de la Nación en el punto V de su dictamen, asiste razón a los recurrentes cuando afirman que la cámara, erróneamente, concedió supremacía a las reglas de la responsabilidad que surgen del Código Civil frente a los principios del derecho a la libertad de expresión y de prensa establecidos por este Tribunal.

Al respecto, tal como lo sostuve en mi voto concurrente en la causa "Patitó" (Fallos: 331:1530 ), que tratándose de informaciones referidas a funcionarios públicos, figuras públicas o particulares que hubieran intervenido en cuestiones de esa índole, cuando la noticia tuviera expresiones falsas o inexactas, los que se consideran afectados deben demostrar que quien emitió la expresión o imputación conocía la falsedad de la noticia y obró con conocimiento de que eran falsas o con notoria despreocupación por su veracidad (doctrina de Fallos: 320:1272 ; 327:943 ).

Por su parte, y en lo que respecta a las opiniones, consideré que en supuestos de interés público cuando el afectado por un juicio de valor es un funcionario o una personalidad pública sólo un "interés público imperativo" puede justificar la imposición de sanciones para el autor

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Año: 2009, CSJN Fallos: 332:2578 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-332/pagina-2578

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