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Fallos: 332:2577 de la CSJN Argentina - Año: 2009

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del delito de enriquecimiento ilícito, aparte de que le imputó mal desempeño de sus tareas por el hecho de haberlo encontrado a las tres de la tarde en su domicilio, circunstancia que —a juicio del periodista— explicaría la razón por la que numerosas causas prescribían en el juzgado a su cargo.

6) Que corresponde precisar los derechos que se encuentran en conflicto en el presente caso. Por un lado, los demandados han fundado su posición en el derecho a la libertad de expresión, información y prensa y, por el otro, el actor ha invocado su derecho a la honra y reputación.

Con respecto a la libertad de expresión esta Corte ha declarado en forma reiterada el lugar eminente que dicha libertad tiene en un régimen republicano. En este sentido ha dicho desde antiguo que "...entre las libertades que la Constitución Nacional consagra, la de prensa es una de las que posee mayor entidad, al extremo de que sin su debido resguardo existiría tan sólo una democracia desmedrada o puramente nominal..." (Fallos: 248:291 ). También manifestó que "el especial reconocimiento constitucional de que goza el derecho de buscar, dar, recibir y difundir información e ideas de toda índole, no elimina la responsabilidad ante la justicia por los delitos y daños cometidos en su ejercicio" (Fallos: 308:789 ; 310:508 ; 321:667 y 3170).

El derecho a la honra, por su parte, se refiere a la participación que tiene el individuo dentro de la comunidad amparando a la persona frente a expresiones o mensajes que lo hagan desmerecedor en la consideración ajena al ir en su descrédito.

7") Que en el artículo publicado el 22 de octubre de 1998 por la revista "Veintiuno" con la firma del periodista Marcelo Zlotogwiazda, que dio lugar a esta causa, se hicieron diversas referencias al actor las que a continuación se transcriben.

Bajo el subtítulo "REGALOS", se afirmó: "...Jorge Brugo tampoco escapa a la presunción de enriquecimiento ilícito, desde que se mudó a una de las torres preferidas por la farándula en Bulnes y Libertador.

En la liquidación de expensas, el apellido Brugo, aparece dos veces. XXI se comunicó con uno de esos departamentos valuados en U$S 200.000 cada uno. ¿Es la casa del juez Brugo? Sí ¿Puedo hablar con él? El habla.

Brugo explicó que los departamentos fueron comprados por dos de sus

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Año: 2009, CSJN Fallos: 332:2577 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-332/pagina-2577

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