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Fallos: 330:5139 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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JUAN JOSE MANAUTA v. EMBAJADA DE LA FEDERACION RUSA

INMUNIDAD DE EJECUCION.
Las medidas ejecutorias contra bienes de un estado extranjero que implican el empleodela fuerza pública del Estado del foro, afectan gravemente la soberanía e independencia del estado extranjero, por lo que no cabe, sin más, extender las soluciones sobre inmunidad de jurisdicción a los casos de inmunidad de ejecución.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de los tratados.

El recurso extraordinario interpuesto es formalmente admisible, si la naturaleza de la cuestión planteada —r econocimiento del privilegio de inmunidad de ejecución de un Estado extranjero-, concierne a un principio de la ley de las naciones, que revela su inequívoco carácter federal y determina que su inteligencia deba ser establecida por la Corte Suprema.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.


INMUNIDAD DE JURISDICCION.
El requerimiento del pago de la condena por incumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, cumplido en la persona del representante legal del Estado extranjero, en nada vulnera las inmunidades y prerrogativas de aquél, y es, en cambio, conducente para la adecuada realización de justicia entrelas partes, todo ello, mientras los trámites de ejecución sean compatibles con las normas y principios del derecho de gentes.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—|-

La Sala 2 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, confirmó la sentencia de la instancia anterior (v. fs. 655 vta.

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:5139 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-5139

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