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Fallos: 330:4886 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—|-

La Sala || de la Cámara Nacional de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa oficial de David Esteban P., contra la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 deLa Plata que denegó el pedido de excarcelación presentado en su favor.

Contra ese pronunciamiento se interpuso recurso extraordinario federal, cuyo rechazo originó esta queja.

— 1. El 16 de septiembre de 2004, el Juzgado Federal N° 2 de Lomas de Zamora dispuso prorrogar, por el término de un año, el tiempo de prisión preventiva que David Esteban Pereyra, Enrique Alberto Báez, Julio César Rotela y Lauro Raúl Shimambukuro venían cumpliendo desde que fueron detenidos el 31 de agosto de 2002.

2. Los hechos que se les atribuye a los imputados concluyeron con la muerte del menor Diego Alberto Peralta, y han sidocalificados en el requerimiento de elevación a juicio como secuestro extorsivo, en concurso real con homicidio agravado por alevosía, ensañamiento y para ocultar otro delito.

3. La defensa de Pereyra sdlicitó la excarcelación por haber transcurrido el plazo máximo de encarcelamiento preventivo previsto en el artículo 1° dela ley 24.390 (modificada por la ley 25.430). El tribunal oral denegó este planteo por los siguientes motivos: gravedad del hecho, pena máxima contemplada para los delitosincriminados, complejidad de la causa, cantidad de per sonas implicadas, cúmulo de pruebas recolectadas y persistente actividad recursiva dela parte. En base a estas circunstancias, consideró que el plazo de prisión preventiva quelleva cumplido P. seajusta a los requisitos fijados en el artículo 7, inciso 5°, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:4886 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-4886

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