CAUSA XVII
A. Devoto y hermano, contra D, Juan W. Kenzie, capitan del va= por Sir William Amstrong: sobre cobro de averias.
Sumario. — 1° No negada la existencia € importe del daño cuya indemnizacion se demanda, debe darse por reconocida.
9" El consignatario del buque se entiende que representa al capitan, y su intervencion en el reconocimiento pericial de la avería y su importe, le perjudica.
3" La cláusula en el conocimiento de no responder del contenido, ni de rotura, derrames, y averías, aunque sea por falta de estiva, no exime al capitan de las responsabilidades por las averías causadas por dolo ó culpa grave.
Caso.— Lo esplica el Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Agosto 18 de 1886.
Vistos estos autos promosidos por demanda de los señores Y. m 1
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Año: 1888, CSJN Fallos: 33:49
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