del juicio, debiendo entregársele las copias de la demanda ; al otrosí, téngase presente.
Ugarriza.
Alurralde apeló.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 5 de 1888.
Vistos : atentos los términos del poder de foja veintidos, y resultando que el Dr. D. Emilio Daireaux se halla aún ausente del país, se confirma con costas el auto apelado de foja veinticinco; y devuélvanse prévia reposicion de sellos.
BENJAMIN VICTORICA. — ULADISLAO
FRIAS. — FEDERICO IBARGÚREN.
— €. 8. DE LA TORRE.
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Año: 1888, CSJN Fallos: 33:130
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