Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Marzo 22 de 1888, Vistos : Por sus fundamentos, se confirma la sentencia apelada de foja noventa y siete, sin especial condenacion en costas.
Prévia reposicion de sellos, devuélvanse,
BENJAMIN VICTORICA. — ULADIS-
LAO FRIAS. — FEDERICO IBAR-
GÚREN. — C. 5. DE LA TORRE.
— SALUSTIANO J. ZAVALIA.
CAUSA XXVIII
Don Cárlos Casado contra la empresa del Gas del Rosario, por entrega de terrenos; sobre costas procesales.
Sumario.—El demandante que no ha tenido razon para litigar, debe pagar las costas del juicio.
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Año: 1888, CSJN Fallos: 33:102
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