caso las declaraciones testificales de los ex funcionarios provinciales; así como la prueba informativa acompañada.
7) Que, en efecto, el testigo Rafael Arancibia declaró afs. 286/289 que cumplió funciones en el cargo de director de ceremonial de la gobernación entre 1995 y 1999 y era responsable de organizar todos los actos públicos del gobernador. Señaló que la dirección de ceremonial era "el órgano competente" para realizar las contrataciones, las que se realizaban por medio de una orden de servicio. Esta última era una nota con membrete, sellada y firmada por él, por medio de la cual se pedía el servicio, en la que constaban además la fecha, el lugar de destino y los pasajeros que viajaban.
Explicó que el expediente se iniciaba en el organismo a su cargo con la referida orden, a la que después derealizado el servicioseagregaba la factura y una "orden" suya con el objeto de efectuar el futuro pago, para pasar después al servicio administrativo contable. Adaró que nunca contrató un avión a nombre de Jorge P. Busti, sino que la participación del testigo se hizo en nombre de la gobernación de la provincia. Indicó que respecto a los transportes cuestionados en autos se siguió el proceso habitual de contratación: la orden de servicio, la factura original —no podía ser por medio de fax—, el expediente y el trámite habitual de pago.
Señaló con relación a los vuelos de autos queno se pudorealizar la "constatación de pago" por el cambio de gobiernoel 10 de dicienbrede 1999, y que hasta entonces los servicios se habían abonado sin objeción alguna del Tribunal de Cuentas o dela Fiscalía de Estado provincial. Admitió que cuando se inició la relación con la actora le indicó quelas facturas debían emitir sea nombre del gobierno dela Provincia de Entre Ríos, porque la contratación se hacía en representación de ella.
Respecto a las constancias de las contrataciones, agregó que ellas surgían de los expedientes que debían estar en la gobernación y de los archivos del pedido, cuyas copias debían estar en la dirección de ceremonial. Por último, dijo que la relación con la empresa American Jet S.A. tuvo una continuidad de tres años y continuó hasta el último día de gestión.
8°) Que de manera coincidente, el testigo Alejandro Bahler manifestó que se desempeñó como subsecretario de Turismo provincial en
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:4799
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