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Fallos: 329:1365 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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FERIA JUDICIAL DE JULIO 2006.

—N°6En Buenos Aires, a los 4 días del mes de marzo del año dos mil seis, reunidos en la Sala de Acuer dos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Acordaron:

Disponer en el corriente año, feriado judicial para los tribunales nacionales de la Capital Federal, desde el día 10 de julio y hasta el día 21 de julio, ambas fechas inclusive.

Hacer saber alas Cámaras Federales de Apelaciones, que con arreglo a lo previsto en la Acordada N ° 53/73 —respecto de la coincidencia de la feria en ella establecida con las vacaciones escolares- y a lo dispuesto en la presente, deberán determinar para sus respectivas jurisdicciones, un feriado judicial de diez (10) días hábiles (acápite2° dela Acordada N ° 30/84).

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ELE
NA 1. HIGHTON DE NoLasco — CARLos S. FAYr — Juan CARLos MAQUEDA — E. RAUL
ZAFFARONI — RICARDO Luis L ORENZETTI — CARMEN M. ArciBAY. Nicolás Alfredo Reyes (Administrador General de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).

ACLARATORIA.
—Ne7En Buenos Aires, a los 10 días del mes de abril del año dos mil seis, reunidos en la Sala de Acuer dos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:

Que la Acordada N ° 6/2006 no fue suscripta en el mes de marzo sino en el mes de abril, por lo que corresponde su rectificación.

Por lotanto, Acordaron:

Corregir el encabezamiento de la Acordada N ° 6/2006 en el sentido de que en lugar del mes de marzo debe decir mes de abril.

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:1365 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-1365

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