Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 329:1362 de la CSJN Argentina - Año: 2006

Anterior ... | Siguiente ...



CONSIDERANDO
Que la Corte Interamericana de Derechos Humanos es una institución judicial autónoma del sistema interamericano de protección de los derechos humanos, con sede en la ciudad de San José, República de Costa Rica.

Que esta última tiene como interés tanto difundir el resultado de su trabajo relacionado con los derechos humanos, así como establecer relaciones más estrechas con los diversos órganos judiciales de los Estados.

Que la Corte Suprema de Justicia es la cabeza del Poder Judicial de la Nación y que su Presidente se encuentra facultado para representarla.

Que la Corte Suprema de Justicia ha promovido el respeto y la aplicación de principios y normas de derechos humanos en su actuar y por ende tiene interés en fortalecer sus relaciones con organismos tanto nacionales como internacionales que mediante el intercambio de conocimientos, recur sos materiales y de experiencias, le permitan cumplir de mejor forma su función principal que es impartir justicia.

Que ambas Partes coinciden en la necesidad de unir esfuerzos para lograr una mejor aplicación y difusión de los instrumentos internacionales rectores de los derechos humanos y para llevar a cabo proyectos de investigación conjunta de temas de interés mutuo.

PoR TANTO Encontrándose las Partes firmantes debidamente facultadas, en virtud de su investidura,

ACUERDAN
PRIMERO: Ambas Instituciones se comprometen a coordinar esfuerzos para fortalecer sus relaciones, profundizar el conocimiento del derecho y difundir los instrumentos internacionales para la promoción y defensa de los der echos humanos, todo en beneficio de mejorar la administración de justicia.

SEGUNDO: Con el propósito de alcanzar las metas propuestas, ambas Partes acuerdan llevar a cabo de manera conjunta las siguientes actividades:

1. Realización de congresos, seminarios, coloquios, simposios, conferencias, foros bilaterales omultilaterales, que permitan alcanzar los fines propuestos por ambas Partes.

2. Realización de pasantías de magistrados y funcionarios del Poder Judicial dela Nación, en la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

3. Desarrollo de actividades jurídicas y de investigación conjuntas, de interés mutuo de las Partes.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

65

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2006, CSJN Fallos: 329:1362 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-1362

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 329 Volumen: 1 en el número: 1362 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos