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Fallos: 329:1359 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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Todo lo cual mandaron y dispusieron que se comunicase y registrase en el libro correspondiente por ante mi, que doy fe. — Enrique SANTIAGO PETRACCHI — ELENA |.

HIGHTON DE NoLASCO — CARLOS S. FAYT — JUAN CARLOS MAQUEDA — E. RAÚL ZAFFARONI — RICARDO Luis L ORENZETTI — CARMEN M. ArciBaY. Nicolás Alfredo Reyes (Administrador General de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).


TOMA DE JURAMENTO Y HABILITACION DE LOS JUZGADOS FEDERALES

DE EJECUCIONES FISCALES TRIBUTARIAS CON JURISDICCION

TERRITORIAL EN LA CAPITAL FEDERAL
—Ne3En Buenos Aires, a los 20 días del mes de febrero del año dos mil seis, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:

Quella ley 25.293, en su artículo 1°, dispuso la creación de seis juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias con jurisdicción territorial en la Capital Federal y competencia específica en materia de ejecuciones fiscales tributarias, a los que se los identificará con los números 1, 2, 3,4, 5 y 6.

Que este Tribunal, mediante la Resolución N ° 100/2006 dispuso la creación de los cargos respectivos.

Queel Poder EjecutivoNacional, mediantelos Decretos Nros. 1114/2002, 1512/2002, 2699/2002, 878/2004, 879/2004 y 991/2004 efectuó las designaciones de los magistrados que habrán de hacerse car go de los juzgados creados.

Que corresponde a esta Corte proveer lo necesario para asegurar la correcta prestación del servicio dejusticia, por lo que la puesta en funcionamiento de esos tribunales constituye una prioridad insoslayable.

Por ello, Acordaron:

1) Disponer que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal de la Capital Federal reciba el juramento de ley a los Doctores Carlos María FOLCO, Carlos Alejandro FAGGI, Rita de la Ascensión GARESE, Guillermo Pablo GALLI, Elías Alfredo TAPIA y Fernando Gustavo SANZ de URQUIZA y disponga la habilitación de los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias con jurisdicción territorial en la Capital Federal, a partir del próximo 15 de marzo.

2) Poner en conocimiento de los señores Procurador y Defensor General de la Nación la presente, a fin de que puedan adoptar los recaudos necesarios para la habilitación de los ministerios públicos que habrán de actuar ante los juzgados mencionados.

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:1359 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-1359

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