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Fallos: 328:65 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉsar BELLuscio — ANTONIO
BoGcGIANO — JUAN CARLos MAQUEDA — ELENA |. HIGHTON DE NoLasco.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso, Administrativo y TributarioN 7dela Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

NORPETROL S.A.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones civiles y comerciales. Quiebra. Generalidades.

Las normas de competencia en la ley de concursos son de orden público y no admiten ser prorrogadas por voluntad delas partes.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones civiles y comerciales. Quiebra. Domicilio del deudor.

Es competente la justicia nacional en lo comercial si el domicilio social inscripto —que aún subsiste pues la cancelación por cambio de jurisdicción se encuentra en tramite- se halla en jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires y la quiebra iniciada en la misma ciudad, además de haberse promovido primero, es la que se halla en estado más avanzado y por tanto resulta ser el tribunal previniente en el proceso universal.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—|-

El titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 12 y el magistradoa cargo del Juzgado de Primera Instan

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:65 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-65

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