correspondiente al año 2003, cuya copia certificada fue agregada como prueba por la acusación (anexo 9), quedó consignado que el 2 de Diciembre de 2003, a la hora 9:30 , se realizó el sorteo correspondiente al concurso preventivo de OSPLAD iniciado por auto del Juzgado de fecha 22 de Noviembre del mismo año 2003. En dicho auto, preciso es expresarlo desde ahora porque es el dato que crea el problema, la hora del sorteo había sido prevista a las 10:00 . El titular del Juzgado Dr.
Rodolfo A. Herrera y el secretario privado Diego Ricardo Ruiz, firmaron el acta del 2 de Diciembre de 2003.
La modalidad del acto era la habitual en el Juzgado y extendida en el fuero según los testimonios recogidos, especialmente el de ambas Secretarias del Juzgado y en los informes producidos a pedido de la defensa, por los Juzgados Comerciales, que constan en los cuadernos de prueba. Por lo demás, que la práctica venía de antiguo en el Juzgado lo comprueba la copia certificada del Libro de Actas del Juzgado correspondiente al año 1998, suscriptas las actas de sorteo sólo por la entonces titular Dra. María L. Gómez Alonso de Díaz Cordero y por quien actuaba como secretario privado, según prueba acompañada por la Defensa (anexo C de la instrumental obrante). Ello, por otra parte, se advierte en las constancias reunidas por el Dr. Martín Arechaenla prevención N° S 3134 querealizó por disposición de la Cámara.
En el texto del acta del folio 44 de dicho libro, no figura ningún otro asistente; tampoco nadie afirma haberlo presenciado aunque — como será explicado más abajo— hubo interesados en hacerlo en esta oportunidad excepcional. Conviene aclarar que en ningún caso de los recogidos en autos se advierte otra comparecencia que la del Juez y el Secretario Privado.
B) Antes de analizar la publicidad que recibió este sorteo del 2 de Diciembre de 2003 es útil comenzar describiendo el régimen legal que los regula y que es lo que constituye la llamada "transparencia" de los sorteos. Es útil a los fines de examinar si tal condición existió ono en el caso.
Por imposición del art. 12 inc. b del Reglamento de la Justicia Comercial y Acordada N ° 45/02 de la Cámara de Apelaciones del fuero, adoptada el 16 de Diciembre de 2002, con vigencia desde el 1° de Enero siguiente, cada Juzgado tiene fijado día y hora para efectuar los sorteos correspondientes. Al Juzgado N ° 3 leha sido asignado los mar
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5186
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