328 JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parteuna provincia. Generalidades.
Los municipios provinciales, ya sea que se los caracterice como entes autárquicos o autónomos, no resultan identificables con las provincias respectivas a los fines de la competencia originaria.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parteuna provincia. Generalidades.
Es ajena a la competencia originaria de la Corte Suprema la demanda tendiente a que se dedare la inconstitucionalidad de ordenanzas municipales que establecen el tributo denominado "derechos de publicidad y propaganda", si la provincia noresultatitular de la relación jurídica en que se sustenta la pretensión, puesto que carece de un interés directo en el pleito, de tal forma que la sentencia que se dictele resulte obligatoria.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
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Pepsico de Argentina S.R.L., dedicada ala venta de productos para copetín a comercios mayoristas y minoristas, promovió acción dedarativa de inconstitucionalidad, ante el Juzgado Federal N° 2 de La Plata, con fundamento en las leyes 23.548, 24.699, 24.919, 25.063, 25.239; decreto 6769/58 y moadificatorios y en la ley de la Provincia de Buenos Aires 10.559, contra las Municipalidades de Berisso, Magdalena, dela Costa, Berazategui, Monte Hermoso, y contra la Provincia de Buenos Aires, afin de obtener que se declare la inconstitucionalidad de los arts. 61 y sgtes., 93 y sgtes., 98 y sgtes. y 114 y sgtes. de las Ordenanzas Fiscales de los Municipios respectivos, que establecen el tributo denominado "derechos de publicidad y propaganda".
Locuestionó por considerarlo un impuesto nacional encubierto, en violación de lo que establece la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos 23.548; el Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento, ratificado por la ley local 11.463; la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, texto actualizado
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:3692
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