DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
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El Defensor del Pueblo de la Nación promovió demanda ordinaria contra el Estado Nacional y el Ente Nacional Regulador del Gas (en adelante, ENARGAS) por la que sdlicitó la declaración de inconstitucionalidad delosarts. 41 y 96 dela ley 24.076, así comola nulidad de los arts. 96 y 41, apartado 3), del anexo | aprobado por el decreto 1737/92, del art. 9.4.1 y cc. de los anexos aprobados por el decreto 2255/92 y del decreto 669/00.
— II Las demandadas opusieron las excepciones previas de falta de legitimación activa y de falta de agotamiento de la vía administrativa, en los términos de los arts. 346 y 347 inc. 3° del C.P.C.C. y 24 inc. a) de la ley 19.549 respectivamente (fs. 314/321 vta.).
— 1 As. 1278, la Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó las excepciones interpuestas.
Para así decidir, sostuvo que la legitimación debe ser entendida comola aptitud para actuar en un proceso ventilado ante una instancia judicial y que no existe argumento alguno que logre limitar, a un determinado tipo de proceso, las pretensiones que eventualmente articule el Defensor del Pueblo. Para reforzar su decisión, citó lo expresado por los doctores Belluscio y Bossert en Fallos: 321:1252 en orden aqueel ejercicio del control de legalidad de las bases normativas que rigen la fijación delas tarifas no puedetener lugar en el marcolimitado del amparo.
En cuanto alafalta de agotamiento de la vía administrativa, consideró que resulta aplicableal caso el art. 24, inc. a) de la ley 19.549.
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:1657
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