Considerando:
Que el Dr. Luis Alberto Leiva, ex juez del Juzgado Federal N° 1 de Mendoza, solicitó la reconsideración de lo dispuesto por proveído del 18 de junio de 2002, que le denegó la liquidación de vacaciones no gozadas correspondiente a 5 días de enero de 1997, 10 días de julio de 1997, 15 días de enero de 1998, 15 días de enero de 1999 y 10 días de julio de 1999, por hallarse caducas al momento de su suspensión —21 de noviembre de 2001-, de conformidad con lo establecido en el art. 18 del R.L.J.N. —fs. 4/5 y 6 del expte. N° 13-11700/02-. Posteriormente, el peticionante fue removido de su cargo por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación mediante resolución del 9/5/02.
Que el referido magistrado manifestó que en virtud de que junto con el Dr. Alfredo Manuel Rodríguez, titular del Juzgado Federal N° 3 de Mendoza, debieron hacerse cargo de la subrogación en forma alternada del Juzgado Federal N° 2 de Mendoza, a raíz de que su titular, el Dr. Gerardo Walter Rodríguez, fue suspendido por el Senado de la Nación desde el 28/4/94 hasta el 18/10/96 y luego de reincorporarse estuvo largos períodos con licencia por enfermedad, no pudo hacer uso de las licencias compensatorias peticionadas —fs. 3/5, 8 y 11-. Asimismo, según surge de fs. 21/33, tales ferias fueron denegadas por razones de servicio en reiteradas oportunidades y reservadas para ser gozadas cuando las circunstancias lo aconsejaran oportuno.
Que las razones invocadas alcanzan a fundamentar una medida de excepción para hacer lugar a lo solicitado (conf. res. N° 1611/01).
Por ello, Se Resuelve:
Hacer saber a la Administración General del Consejo de la Magistratura que corresponde liquidar las vacaciones no gozadas reclamadas por el ex juez Luis Alberto Leiva —con carácter excepcional.
Regístrese, hágase saber y oportunamente archívese.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO Cásar BELLUSCIO — ANTONIO
BOGGIANO — ADOLFO RoBERTO VAZQUEZ — JUAN CARLOs MAQUEDA.
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:3262
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