RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.
Es improcedente el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que revocó la condena al pago de multa y comiso de la mercadería que carecía del estampillado identificatorio exigido por la reglamentación, si la cámara —ajustándose a doctrina de la Corte Suprema- consideró idóneos para probar la legítima introducción de la mercadería secuestrada los diversos elementos de juicio incorporados al proceso. ' RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Exclusión de las cuestiones de hecho. Varias.
Lo atinente a considerar o no idóneos para probar la legítima introducción de la mercadería secuestrada, los diversos elementos de juicio aportados, remite al análisis de una cuestión de hecho y prueba, propia de los jueces de la causa y ajena a la instancia extraordinaria, máxime si la decisión se basa en fundamentos suficientes de igual carácter que bastan para sustentarla.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Exclusión de las cuestiones de hecho, Varias.
Si bien la crítica del apelante contra los argumentos que llevaron al a quo a considerar que concurrían causas de exculpación o atenuación de la pena no resultarían, en principio, eficaces para habilitar la vía intentada ya que remiten al examen de cuestiones de hecho y prueba ajenas —como regla y naturaleza- al remedio del art. 14 de la ley 48, dichos agravios suscitan materia federal bastante, toda vez que se ha prescindido de dar un tratamiento adecuado a la cuestión de acuerdo a las constancias de la causa y las normas aplicables, a la vez que el pronunciamiento se funda en afirmaciones dogmáticas que no dan adecuada respuesta a los planteos de la accionada (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la disidencia—.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.
Es arbitraria la sentencia que —al considerar acreditado el ingreso en forma legítima y reglamentaria de la mercadería decomisada— detuvo su análisis sólo en los dichos de los testigos y en un despacho de importación, sin indagar sobre la totalidad de los elementos aportados al proceso, único modo de concluir —como lo hizo-, no solamente en que la mercadería había ingresado al país en legal forma, sino también en la buena fe de la actora (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la disidencia—.
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:2809 
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