327 de la Nación, al que se suma el Consejo de la Magistratura, al cual la Constitución Nacional le ha encomendado dictar los reglamentos necesarios para asegurar la eficaz prestación los servicios de justicia y los relacionados con la organización judicial (art.
114, inc., 6°).
De forma concorde, prestigiosas personalidades, entidades y organizaciones no gubernamentales (ONG's), algunas de las cuales figuran en ARGENJUS, así como otras que no integran dicha conglomerado, se han movilizado en tren de realizar los aportes necesarios para gestionar las reformas a que se viene aludiendo, exhibiendo un compromiso institucional no siempre comprendido, ni imitado, por algunas autoridades de los tres poderes del estado.
89) Que en las condiciones expresadas, por una parte, este Tribunal no necesita celebrar convenios de ninguna naturaleza para comenzar a ejecutar las reformas que están en el marco de sus atribuciones, y para solicitar al Poder Ejecutivo y al Congreso de la Nación la sanción de las normas que corresponden a las respectivas competencias de cada uno de ellos.
Asimismo, y por otro lado, la firma de un convenio como el propuesto tropieza con el insalvable obstáculo de falta de personería jurídica que detenta ARGENJUS que unifique a las entidades que la integran en una especie de Unión Transitoria de ONG's, lo que obsta a que pueda ser considerada como parte de ningún tipo de convenio jurídico obligatorio (arts. 33 parr. 2 inc. 2, 39, 1160 y cedtes. del Código Civil).
9) Que quienes desde hace tiempo nos hemos preocupado por la problemática del servicio de justicia podríamos afirmar, sin temor a equivocarnos, que bastaría con remitir oficios a cada una de dichas entidades individualmente consideradas y en particular al Ministerio de Justicia, Seguridad y derechos Humanos de la Nación, depositario de decenas de planes y proyectos, si se quiere con carácter de urgente respuesta- para que, en muy pocos días, esta Corte vea desbordados sus anaqueles con fundados estudios y propuestas alternativas a las que podrían sumarse las emanadas de organizaciones públicas o privadas, tanto nacionales como provinciales; personalidades relevantes del quehacer nacional; organismos internacionales multilaterales como el Banco Mundial, el BID, etc.; colegios profesionales de abogados de ler. y 2do. grado; asociaciones de magistrados y funcionarios de todo el país; consejos académicos y universitarios, que permitirían considerar y decidir, con la rapidez con que actúa esta Corte cuando así se lo propone, sobre los pasos a seguir para llevar a cabo tan noble objetivo.
Bastaría -también— con convocar telefónicamente a todas las entidades comprometidas institucionalmente con la administración judicial, como las ya citadas y otras, tal como las que agrupa ARGENJUS, para llevar a cabo un encuentro en el cual nos hicieran llegar sus inquietudes, sus sólidos aportes y su fecundo compromiso para colaborar con el Tribunal. Se completaría así un cuadro de situación sencillamente cognoscible.
Porque nos guste, o no nos guste, la intervención de esta Corte en un proyecto de reforma judicial no necesita ni precisa de convenios, ni de la difusión pública de su voluntad de llevarla a cabo.
Y ello, por cuanto más allá de que no es dudoso que en todo momento podremos contar con la cooperación de personalidades y de las entidades que integran ARGENJUS,
Compartir
43Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 2004, CSJN Fallos: 327:1386
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-1386
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 327 Volumen: 1 en el número: 1386 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos