2) Devolver el citado proyecto a fin de que se propongan las modificaciones necesarías en la estructura de este Poder Judicial de la Nación, en miras a la optimización en la prestación del servicio de justicia teniendo en cuenta para ello no sólo los aspectos meramente técnico-económico sino -fundamentalmente- aquellos de carácter funcional en el cumplimiento del mandato constitucional de impartir justicia y que, sobre la base de dicha reestructuración, se eleve a esta Corte un nuevo proyecto de presupuesto.
3) Requerir, nuevamente, de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, las modificaciones legales y reglamentarias que correspondan tendientes a la mejora del servicio de justicia que, esta Corte como cabeza del Poder Judicial de la Nación debe resguardar.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí que doy fe. — ADoLFo Rogerto VÁZQUEZ,
DESIGNACIÓN DEL JURADO PARA EL CONCURSO "PODER JUDICIAL
EN LA CONSTITUCIÓN NACIONAL".
—Ne17— En Buenos Aires, a los veintiún días del mes de agosto del año dos mil tres, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:
Que con motivo de cumplirse el sesquicentenario de la sanción de la Constitución Nacional, esta Corte dispuso convocar a un Concurso de Ensayos y Trabajos de Investigación referidos al tema "El Poder Judicial en la Constitución Nacional", cuya evaluación y selección estará a cargo de un jurado integrado por tres miembros de reconocida trayectoria en la materia (Acordada N° 8/2003).
Que el profesor doctor Segundo V. Linares Quintana, el profesor don Luis Alberto Romero y el profesor doctor Néstor Pedro Sagiés, cuentan con antecedentes académicos de trascendente significación en la materia y un profundo compromiso con la defensa de las instituciones de la República, que justifican la decisión de invitarlos para participar Como miembros del jurado correspondiente al concurso que se ha convocado a título de homenaje a la Ley Suprema, cuerpo que será presidido por el profesor doctor Segundo V. Linares Quintana, Que, por último, es conveniente que los tres premios establecidos en la Acordada N? 8/2003 consistan en medallas y diplomas para los trabajos seleccionados, en las Cuales se dejará constancia del orden de mérito que se otorgue a cada uno de aquéllos.
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:4045
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