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Fallos: 325:3806 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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subsidio, su nulidad (fs. 424/484). Los planteos deducidos fueron rechazados el 7 de marzo de 2002 (fs. 505/6 y 507/8).

V) Como cuestión de fondo la defensa solicitó el rechazo de la acusación y rebatió cada uno de los cargos formulados, haciendo reserva del caso federal. Adujo que la acusación transformó una cuestión meramente disciplinaria regulada reglamentariamente en una falsa causal de mal desempeño; que ningún cargo se refería a la vida privada de la Dra. Torres Nieto ni a su vida como magistrado, y menos a actos de corrupción o de incompatibilidad moral para el ejercicio del cargo; y que la juez había trabajado en la etapa más conflictiva del Fuero Laboral —por su excesiva litigiosidad— en condiciones materiales de amplia desventaja por no poder contar con la dotación completa de los empleados del juzgado y que sólo su empeño y laboriosidad personal le permitieron el funcionamiento decoroso y la emisión de sentencias de indudable calidad técnica, lo que se demostraba con el elevadísimo porcentual de sentencias confirmadas.

VI) El 7 de marzo de 2002 (fs. 509/510) se abrió la causa a prueba.

La defensa planteó recurso de reposición en relación a la prueba denegada, el que fue rechazado por auto del 25 de marzo de 2002 (fs. 538/9).

VII) El 14 de marzo de 2002 (fs. 520) se resolvió hacer saber a las partes que el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación quedaba integrado con el Diputado Nacional Manuel Justo Baladrón, designado en reemplazo del Diputado Carlos Ernesto Soria.

VIII) En la audiencia de debate oral y público que comenzó el 2 de mayo del corriente año se dio lectura a los escritos de acusación y defensa y se incorporó la prueba cuya producción, por su naturaleza, fue dispuesta con anterioridad al debate. Declaró la señora magistrado enjuiciada y se recibió la declaración de los testigos ofrecidos por las partes y aceptados por el Jurado, a excepción de los que fueron desistidos.

TX) Antes de que se declarara abierto el debate la acusación planteó la recusación del Dr. Billoch Caride, que fue rechazada por el Tribunal juntamente con la excusación formulada por razones de decoro y delicadeza por el nombrado miembro del Jurado.

X) Finalmente, la acusación y la defensa informaron oralmente el 16 de mayo y, después de escuchar ala enjuiciada, concluyó definitiva

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:3806 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-3806

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