CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho al acceso a la justicia.
El derecho al acceso a la justicia debe ser irrestricto, por ello a él corresponde que se ajusten tanto las leyes de fondo cuanto más las de forma (Voto del Dr.
Adolfo Roberto Vázquez).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.
El medio más pr opicio para lograr que la máxima garantía constitucional que es la defensa en juicio, pueda ser ejercida de forma incondicionada, consiste en postular su gratuidad inicial o de acceso a la jurisdicción (Voto del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Principios generales.
Todo proceso judicial cumple una función institucional y social que lejos de beneficiar exclusivamente a quienes son parte en él, se proyecta hacia la comunidad toda (Voto del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:
—|-
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, resolvióafs. 978/9 de los autos principales (folios que citar é de aquí en más) y en lo que aquí interesa, declarar mal concedido el recurso de inaplicabilidad planteado por la demandada afs. 848/59, al considerar que el depósito exigido por el artículo 56 de la ley 11.653, debía ser íntegro y oportuno, requisitos éstos que no se daban por cumplidos en el sub lite, por cuanto su integración resultó extemporánea.
Contra dicha decisión se interpuso recurso extraordinario a fs. 983/1001, el que desestimado a fs. 1013, da lugar a esta presentación directa.
Señala el recurrente que interpone el remedio previsto en el artículo 14, incisos 2° y 3? dela ley 48, y por sentencia arbitraria, porque se rechaza el recurso local, con base en la aplicación meramenteritual de una norma procesal que, además, es inconstitucional. Agrega que
Compartir
92Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 2002, CSJN Fallos: 325:1245
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-1245¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 325 Volumen: 1 en el número: 1245 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
