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Fallos: 325:1201 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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T.V. RESISTENCIA S.A.I.F. v. LS 88 T.V. CANAL 11 FORMOSA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Exclusión de las cuestiones de hecho. Varias.

La supuesta incompatibilidad entre el decreto 462/81 —en cuanto contempla la instalación de una repetidora en la Provincia del Chaco- y el principio de subsidiariedad de la actividad estatal en el ámbito de la radiodifusión, no guarda relación directa con la interpretación de las normas federales invocadas —ley 22.285, especialmente art. 10-, sino con las circunstancias fácticas que constituyen el presupuesto de esa norma, materia cuya ponderación corresponde a los jueces de la causa.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.

Los agravios atinentes al rechazo del redamo de daños y perjuicios traducen la discrepancia del recurrente con el encuadramiento de las pretensiones deducidas y con la definición del thema decidendum efectuados por la cámara, lo cual es materia ajena a la competencia excepcional de la Corte por la vía del art. 14 dela ley 48.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federal es complgas. Inconstitucionalidad de normas y actos nacionales.

Es formalmente procedente el recurso extraordinario si se ha puesto en cuestión la constitucionalidad del decreto 462/81, que se alega contrario a una ley federal —ley 22.285, de radiodifusión—, y la decisión ha sido favorable a su validez y adversa a los derechos invocados por la recurrente con sustento en la Constitución Nacional (Disidencias parciales del Dr. Eduardo Moliné O'Connor y del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Generalidades.

En la tarea de esclarecer la inteligencia de normas federales, la Corte no se encuentra limitada por las posiciones de las partes ni del tribunal apelado, sino que le incumbe realizar una dedaratoria sobre el punto disputado, según la interpretación que rectamente le otorga (Disidencia parcial del Dr. Eduardo Moliné O'Connor).

CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Decretos nacionales.

El principio de subsidiariedad o suplencia que la ley 22.285 asigna ala función estatal, no veda al Estado Nacional promover o proveer servicios de radiodifu

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:1201 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-1201

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