VoTo DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON EDUARDO MoLINÉ O'Connor Considerando:
Que en cuanto resultan coincidentes con la doctrina del precedente de Fallos: 314:1048 y sus citas —cuya aplicación resulta suficiente pararesolver la controversia planteada en el sub examine-, esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador General de la Nación que antecede, a los cuales corresponde remitir en razón de brevedad.
Por ello, se dedara admisible el recurso extraordinario y se revoca la sentencia defs. 265/270 en cuanto fue materia de queja. Con costas.
Vuelvan los autos al tribunal de origen afin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento. Notifíquese y remitase.
EDUARDO MoLINé O'Connor.
VoTo DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI Considerando:
1) Que en el capítulo II1 del dictamen del señor Procurador General dela Nación sereseñan los escritos de demanda y contestación, así como la sentencia de primera instancia dictada en el sub lite. En los capítulos | y || del mencionado dictamen, se resumen la sentencia de cámara y el escrito de recurso extraordinario de la actora, respectivamente. A esos tres capítulos cabe remitirse y darlos por reproducidos, en razón de brevedad.
2) Quela Sala | de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, al considerar el recurso extraordinario citado supra, expresó: "[e]n estos autos se encuentra debatida la inteligencia de varias normas de la ley 22.362, que revisten carácter federal, (no existe, en cambio, una crítica a la dáusula de tratado internacional queseexamina en la sentencia), por cuya razón los alcances quefueron otorgados a aquéllas [las "varias normas de la ley 22.362"] en la deci sión recurrida suscitan cuestión de esa naturaleza bastante a losfines
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:967
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