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Fallos: 324:740 de la CSJN Argentina - Año: 2001

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Por ello, y lo dictaminado por el señor Procurador General, remítanse estas actuaciones a la mencionada cámara. Hágase saber a los tribunales intervinientes.

JuLIo S. NAZARENO — EDUARDO MoLiNÉ O'Connor — AUGUSTO CÉSAR BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — Gustavo A. Bossert — ADoLFo RoBerto VÁzauez.


MABEL |. BENICASA v. CORREO ARGENTINO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las personas. Nación.

Siendo Encotesa una empresa del Estado Nacional, hoy en proceso de liquidación, corresponde, por imperio de lo previsto en los arts. 116 de la Constitución Nacional y 2°, incs. 6 y 12 de la ley 48, entender ala justicia federal en la causa en que se peticiona el pago de las indemnizaciones por accidente de trabajo y en la cual aquella empresa fue citada como tercero de intervención obligada (art. 94 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las personas. Nación.

La circunstancia de ser demandada una persona no aforada —Correo Argentino S.A.—, en nada obsta la asignación de la causa a la justicia federal ya que al ser citada como tercerouna entidad nacional -Encotesa- surte el fuerofederal, aún cuando ello conduzca ala intervención de personas no amparadas en el fuero de excepción y sin que quepan distinciones respecto del grado y carácter de tal participación procesal.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:

—|-

Surge de las actuaciones que la actora promovió demanda por ante el Tribunal del Trabajo N° 5 de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, contra la enpresa Correo Argentino S.A., peticionando

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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:740 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-324/pagina-740

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