Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 324:3633 de la CSJN Argentina - Año: 2001

Anterior ... | Siguiente ...

424 3633 debido proceso adjetivo, y la interpretación efectuada por el a quo ha sido contraria a las pretensiones que el recurrente fundó en ellas (Disidencia de los Dres. Enrique Santiago Petracchi, Antonio Boggiano y Gustavo A. Bossert).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Principios generales.

Un desacierto en la estrategia de la defensa, un error en la ponderación de los hechos y el derecho o desacuerdos entre el defensor y su pupilo no implican necesariamente lesión a la garantía constitucional de la defensa en juicio; de otro modo, en todos aquellos casos donde la decisión de los jueces no condice con las expectativas del justiciable éste podría rebatir incesante y caprichosamente las decisiones judiciales a partir de una valoración ex post facto de los resultados obtenidos por su asistencia legal técnica, afectando principios esenciales como lo son los de preclusión, cosa juzgada y economía procesal (Disidencia de los Dres. Enrique Santiago Petracchi, Antonio Boggiano y Gustavo A. Bossert).

DEFENSOR.
Si bien no es obligación de la asistencia técnica del imputado fundar pretensiones de su defendido que no aparezcan mínimamente viables, si la defensora no sólo se opuso a apelar sino que fue más allá y dirigió su labor a controvertir y desmenuzar la estrategia utilizada por su pupilo, instando al tribunal a confirmar la condena sin atenuantes, minó así el carácter adversativo del caso, lo que se tradujo en una pérdida de confianza del pupilo en su defensora (Disidencia de los Dres. Enrique Santiago Petracchi, Antonio Boggiano y Gustavo A.

Bossert).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Principios generales.

En materia criminal, en la que se encuentran en juego los derechos esenciales dela libertad y el honor, deben extremarse los recaudos que garanticen plenamente el ejercicio del der echo de defensa (Disidencia de los Dres. Enrique Santiago Petracchi, Antonio Boggiano, Gustavo A. Bossert).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Principios generales.

El ejercicio de la defensa debe ser cierto, de modo tal que quien sufre un proceso penal ha de ser provisto de un adecuado asesoramiento legal, al extremo de suplir su negligencia en la provisión de defensor, asegurando, de este modo, la realidad sustancial de la defensa en juicio (Disidencia de los Dres. Enrique Santiago Petracchi, Antonio Boggiano y Gustavo A. Bossert).

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

72

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2001, CSJN Fallos: 324:3633 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-324/pagina-3633

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 324 Volumen: 3 en el número: 325 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos