ticia Nacional y Federal con relación a infraestructura edilicia, equipamiento y dotación de agentes.
7) Que, preliminarmente, corresponde analizar el mecanismo de ajuste automático del porcentaje asignado a este Poder Judicial de la Nación dispuesto por la Ley de Autarquía Judicial N° 23.853 sobre los fondos que por coparticipación primaria se destinan al Tesoro Nacional, dado que el porcentaje establecido en oportunidad de su sanción, si bien se ha mantenido inalterable, su valor en términos reales se ha venido calculando sobre una base disminuida por sucesivas detracciones efectuadas a la masa coparticipable, generando así una reducción de los recursos que debe percibir este Poder del Estado a fin de llevar a cabo la alta función de administrar justicia.
8) Que sin perjuicio de lo antedicho, se estima necesario que esta Corte, como cabeza del Poder Judicial dela Nación, realice el pertinente análisis de los distintos ítems y rubros en los que es conveniente desagregar este proyecto de presupuesto, a fin de tener una idea más cabal de los gastos que se realizan.
En ese orden de ideas, cabetener presente quetoda decisión que adopte esta Corte en materia de presupuestos y gastos del Poder Judicial debe tener en miras un primer interés esencial que afecta a la comunidad nacional en todo su conjunto, cual es el dela efectiva y oportuna prestación del servicio de administrar justicia.
9") Que del análisis del actual proyecto de presupuesto, cuanto de los que han sido aprobados en los años anteriores, sobresalen algunas situaciones y elementos de convicción suficientes como para intentar merituar el verdadero nivel del incremento del gasto de este Poder del Estado; así tenemos que, como consecuencia de una serie de modificaciones legislativas se han incorporado en la órbita del Poder Judicial situaciones que generaron el incremento de gastos sin que ello se traduzca en una real y concreta mejora en el servicio.
En efecto, el nuevo Código Procesal Penal de la Nación con la implementación del juicio oral y público; el aumento del número de jueces de esta Corte Suprema de Justica con su consiguiente infraestructura; la creación de la Cámara Nacional de Casación Penal; el aumento del número de jueces federales, tribunales orales y cámaras de apelaciones; la modificación orgánica y el pretendido desdoblamiento del Ministerio Público con la consiguiente autonomía funcional y autarquía financiera generador de un fuerte incremento del número de fiscales, defensor es y auxiliares; la puesta en funcionamiento del Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, etc., constituyen sólo algunos ejemplos tendientes a establecer casos demostrativos de queel incremento de gastos global (Poder Judicial más Ministerio Público) no ha traído aparejada la mejora en la prestación a favor del justiciable. A lo que debe sumarse la transformación de los Tribunales Orales Federales en Cámaras Federales de Apelación en aquellas provincias que no cuenten con tribunales de alzada; la implementación del nuevo Fuero Penal Tributario, etc. que aún se encuentran pendientes por motivos de restricción presupuestaria.
10) Que, dentro de los mencionados precedentemente, los casos más ejemplificativos los constituyen los nuevos organismos burocráticos creados por la última reforma de la Constitución Nacional, el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados Federales.
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:3303
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