RAMON ALBERTO ORTEGA
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones penales. Principios generales. .
El juez de la causa, a quien las leyes procesales le han asignado competencia respecto de la ejecución de las sentencias que dictare, debe resolver el hábeas corpus relacionado con las condiciones en que el recurrente cumple su detención.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones varias, Hábeas corpus. .
En principio, el hábeas corpus y las demandas de amparo no autorizan a sustituir a los jueces propios de la causa en las decisiones que les incumben.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones penales. Principios generales.
Compete al juez de la respectiva causa, a tenor del art. 18 de la Constitución Nacional, el control directo de los requisitos que la propia norma establece para el régimen carcelario y ante él debe ser planteada, con arreglo a las formas legales, la cuestión atinente a la vulneración de las garantías que protegen a quienes se hallan procesados o condenados por la comisión de delitos.
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:
Entre los titulares del Juzgado Correccional N° 2 de General Pico y del Juzgado Federal con asiento en Santa Rosa, ambos de la provincia de La Pampa, se suscitó la presente contienda negativa de competencia con motivo del recurso de hábeas corpus interpuesto por el interno Ramón Alberto Ortega, alojado en la unidad N° 4 del Servicio Penitenciario Federal, a disposición exclusiva del primero de los tribunales mencionados.
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:546
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