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Fallos: 323:4478 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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58. MAL DESEMPEÑO. ACTOS FUERA DE LA FUNCION JUDICIAL.

Constituye mal desempeño la conducta del Juez que en el trámite del proceso penal en el que estaba involucrado, logró el apartamiento de la investigación de la Juez subrogante mediante un proceder impropio.

J.E.M.N. Causa N° 2 "Brusa, Víctor Hermes s/ pedido de enjuiciamiento".

59. MAL DESEMPEÑO. CONFIGURACION.

No cualquier acto constituye mal desempeño", sino los que, por su naturaleza, produzcan manifiestamente graves e irreparables daños a valores que la Constitución busca salvaguardar cuando atribuye y distribuye competencias de los funcionarios públicos (Disidencias de los Dres. Nano, Chausovsky, Penchansky y Agúndez) (1).

J.E.M.N. Causa N° 3 "Bustos Fierro, Ricardo s/ pedido de enjuiciamiento".

60. MAL DESEMPEÑO. CONFIGURACION.

La expresión mal desempeño del cargo tiene una latitud considerable y permite un juicio discrecional amplio pues se trata de una falta de idoneidad, no sólo profesional o técnica, sino también moral, comola ineptitud, la insolvencia moral, todo lo que determina un daño a la función, o sea ala gestión de los intereses generales de la Nación. La función pública, su eficacia, su decoro, su autoridad integral es lo esencial; ante ella cede toda consideración personal (Disidendas de los Dres. Nano, Chausovsky, Penchansky y Agúndez) (2).

J.E.M.N. Causa N° 3 "Bustos Fierro, Ricardo s/ pedido de enjuiciamiento".

61. MAL DESEMPEÑO. DECISIONES JUDICIALES. IMPOSIBILIDAD DE REVI
SION POR ESTE JURADO.
La causal de remoción por "mal desempeño" no puede fundamentarse en las decisiones judiciales dictadas por el juez acusado a quien sele imputa no haberse desempeñado bien y menos aún suponiendo aviesa intención en su criterio.

Siendo ello así, los distintos reproches que se le formulan al juez con motivo de las decisiones adoptadas en la tramitación de la causa, más allá de sus posibles desaciertos, no resultan susceptibles de ser examinados ya que ello implicaría una suerte de revisión de los criterios sustentados en dichos pronunciamientos, cuestión queresulta ajena ala actuación de este Jurado y propia de los Tribunales de Alzada. Consecuentemente, la tar ea del juzgador deberá limitarse a acreditar si el acusado se encuentra incur so en la causal deremoción de "mal desempeño en el cargo" por ignorancia del derecho o por traducir su accionar un propósito prefijado, ajeno al leal desempeño de la función jurisdiccional (Voto del Dr.

Billoch Caride).

J.E.M.N. Causa N° 3 "Bustos Fierro, Ricardo s/ pedido de enjuiciamiento".

1) Conf. Bernardino Montejano (h), "Acerca del concepto de mal desempeño de funciones como causa de remoción de magistrados", J.A. 1967-11-316).

2) Rafael Bielsa, "Derecho Constitucional", Ed. Depalma, Buenos Aires, 1954, págs. 483/4).

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:4478 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-4478

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