cios causados como consecuencia de un accidente sufrido en un viaje en ferrocarril, en la medida en que no se configura el presupuesto de que pueda ser sometida a una eventual acción de regreso: p. 2982.
Casos varios 26. La provincia propietaria de un aeropuerto público, abierto al uso general, debe responder por los daños causados por el mal estado ola insuficiencia de instalaciones elementales, lo que se ve agravado por la inexistencia de personal responsable a cargo de los servicios: p. 3564.
27. Es responsable la provincia en el caso en que las deficiencias oper ativas que condujeron a la muerte de la víctima pudieron haberse evitado o atenuado mediante la adecuada prestación de un servicio fundamental para la actividad aeronáutica cual es el de los operador es de infraestructura que, ejercido de manera compatible con el objetivo primordial de salvaguardar vidas humanas, habría requerido suplir —u observar al menos- las serias deficiencias de la prestación del transporte aéreo: p. 3564.
28. La pretensión de ser indemnizado atribuyendo respon sabilidad a una provincia por la supuesta actuación ilegítima de diversos funcionarios locales, requiere dar cumplimiento ala carga procesal de individualizar del modo más daro y concreto cuál habría sido la actividad que específicamente se reputa como irregular: p. 3973.
29. La falta de un pronunciamiento que admita la existencia de un error judicial, lleva a que la pretensión resarcitoria fundada en los daños y perjuicios derivados de aquél resulte prematura, atento que dicho pronunciamiento es un elemento esencial constitutivodel presunto derecho a ser indemnizado y su falta obsta, de por sí, a la procedenca del redamo: p. 3973.
Prueba 30. Corresponde rechazar la demanda por indemnización de daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito respecto de los supuestos propietarios y/o guardianes del semoviente contra el cual chocó el automóvil si el actor no demostró que ninguno de ellos revistieralas calidades de dueño oguar dián dela que provocó el daño: p. 3599.
Determinación de la indemnización Generalidades 31. A los fines de fijar el monto de la indemnización debe tenerse en cuenta que no sólo cabe justipreciar el aspecto laboral sino también las consecuencias que afecten a la víctima tanto desde el punto de vista individual como desde el social, lo que le confiere un marco de valoración más amplio: p. 2930.
32. La presunción iuris tantum contenida en los arts. 1084 y 1085 del Código Penal no rige respecto de los padres de la víctima: p. 3564.
33. Si bien de acuerdo con el art. 1079 del Código Civil todo perjudicado por la muerte de una persona tiene derecho a obtener la reparación del perjuicio sufrido, al no ser
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:4316
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